Salud

Semana Mundial de la Alergia

La Municipalidad de Gualeguaychú desde su área de Bromatología adhiere a la Semana Mundial de las Alergias, entre la que se encuentra la alergia alimentaria; recordando cuales son los potenciales alérgenos de los alimentos y la legislación vigente.

La Organización Mundial de Alergia anunció que en el 2020, la “Semana de la Alergia” tuvo lugar del 28 de junio al 4 de julio y se centró en el lema "La atención de alergias no termina con COVID-19", haciendo referencia a que éste tipo de patología deben atenderse mas allá de la Pandemia y de manera ininterrumpida.

 

¿Qué son las alergias?

Las alergias son alteraciones físicas que se producen en el organismo de los seres humanos cuando el cuerpo reacciona ante una sustancia extraña. Estos cambios están asociados al sistema inmunológico, el cual es el encargado de producir anticuerpos. Entre estas sustancias extrañas se encuentran: el polvo, el humo, el polen, pelos de las mascotas, algunos alimentos, entre otros ejemplos.

 

¿Qué son las alergias alimentarias?

Las alergias alimentarias constituyen un creciente problema de salud pública, debido a que en los últimos años se ve un aumento en la incidencia de esta patología a nivel mundial. La ingesta de un alérgeno, aún en cantidades ínfimas, puede desencadenar en las personas sensibles reacciones que pueden ser leves o de gravedad, pudiendo incluso provocar un shock anafiláctico.

 

Existe un gran número de alimentos con potencial alergénico, sin embargo, sólo ocho son los que provocan aproximadamente el 90% de las reacciones. A este grupo se los conoce como los “grandes 8”, y son: leche, huevo, pescados, mariscos, maní, soja, trigo y frutas secas (nueces, avellanas, almendras, etc.).

 

Teniendo en cuenta que hasta el momento no existe cura para estas alergias, la única manera eficaz de prevenirlas es eliminar a los alérgenos de la dieta de las personas sensibles. Para ello, es necesario y obligatorio por Ley, que en los rótulos de los alimentos se disponga de la información relacionada sobre su presencia.

 

Síntomas

Para algunas personas, una reacción alérgica a un alimento específico puede resultar molesta pero no grave. Para otras personas, una reacción alérgica a un alimento puede ser aterradora e, incluso, poner en riesgo su vida. Los síntomas de una alergia alimentaria normalmente se manifiestan de unos minutos a un par de horas después de ingerir el alimento que la origina. Los signos y síntomas más frecuentes de una alergia alimentaria son los siguientes:

  • Hormigueo o picazón en la boca
  • Urticaria, picazón o eccema
  • Hinchazón en los labios, la cara, la lengua y la garganta u otras partes del cuerpo
  • Silbido al respirar, congestión nasal o dificultad para respirar
  • Dolor abdominal, diarrea, náuseas o vómitos
  • Mareos, aturdimiento o desmayos

 

En algunas personas, una alergia alimentaria puede causar una reacción alérgica grave llamada «anafilaxia». Esto puede ocasionar signos y síntomas que pueden poner en riesgo la vida, entre ellos: Opresión y estrechamiento de las vías respiratorias, Inflamación en la garganta o sensación de nudo en la garganta que dificulta la respiración, Choque con descenso grave de la presión arterial, Pulso acelerado, Mareos, aturdimiento o pérdida del conocimiento. El tratamiento de urgencia es fundamental en este caso. Si no se trata, la anafilaxia puede causar un coma o incluso la muerte.

Se estima que la alergia alimentaria afecta al 6 y 8 por ciento de niños menores de 3 años y hasta al 3 por ciento de adultos. A pesar de que no existe cura, algunos niños superan su alergia alimentaria cuando crecen. Es de destacar que este tipo de patología requiere de un control y seguimiento por un especialista para revisar antecedentes familiares, particularidades del paciente y prevención.

 

Legislación y Rotulación

En el año 2017 se modificó el Artículo 235 séptimo sobre “Rotulado de alérgenos y sustancias capaces de producir reacciones adversas en individuos susceptibles”, del Capítulo V “Normas para la rotulación y publicidad de los alimentos” del Código Alimentario Argentino (CAA). Quedando establecidos los requisitos que complementan la información obligatoria con la que deben contar los rótulos de los alimentos envasados, para que las personas sensibles a determinados componentes alimentarios, puedan hacer una correcta elección de los alimentos que van a consumir.

 

En la normativa argentina se contempla la obligatoriedad de declarar los alérgenos a continuación de la lista de ingredientes del rótulo, siempre que ellos o sus derivados estén presentes en los productos alimenticios envasados listos para ofrecerlos a los consumidores, ya sean añadidos como ingredientes o como parte de los ingredientes. Además, se han incluido a la lista, los sulfitos; debido al tipo de reacción que puede provocar en las personas sensibles, y que en las asmáticas pueden agravarse hasta un shock anafiláctico. De este modo se declararan:

  1. Trigo, centeno, cebada, avena, o sus cepas híbridas, y productos derivados
  2. Crustáceos y productos derivados.
  3. Huevos y productos derivados.
  4. Pescado y productos derivados
  5. Maní y productos derivados.
  6. Soja y productos derivados
  7. Leche y productos derivados
  8. Frutas secas (indicando la/s que corresponda/n de acuerdo al artículo 894 del CAA)
  9. Dióxido de azufre y sulfitos presentes en concentraciones iguales o mayores a 10 ppm.

 

Es necesario tener en cuenta que los alimentos elaborados pueden contener entre los ingredientes, derivados de sustancias alergénicas, que si se desconocen representan un peligro oculto. Por lo tanto, se requiere un completo conocimiento de cada uno de los componentes, que el elaborador deberá proveer en cada caso.

Frase de advertencia: “puede contener”

En determinadas ocasiones existe la posibilidad de contaminación accidental durante el proceso de elaboración por ejemplo: cuando las sustancias alergénicas son particuladas, se comparten líneas de producción entre las instalaciones en las que se elaboran alimentos con y sin alérgenos, si por el tipo de productos sólo se admite limpieza en seco (que genera partículas en el aire que pueden distribuirse por el ambiente de la planta), entre otros motivos.

En estos casos, los elaboradores deben indicar en el rótulo la posible presencia de la sustancia alergénica lo que se conoce como etiquetado de advertencia. Para ello se utilizará la frase: “Puede contener:… (mencionando la/s sustancias alergénicas o derivados correspondientes)”.

Es importante tener en cuenta que para autorizar el uso de la frase de advertencia la empresa elaboradora deberá presentar ante la autoridad sanitaria correspondiente una declaración jurada, procedimientos y manuales de calidad;  quedando a criterio de la Autoridad Sanitaria la aprobación de su uso.

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