Ordenanzas - Excepción a Sr. Hugo Solís


ORDENANZA Nº 10929/2006.

EXPTE.Nº 2621/2006-H.C.D.

 

 

 

VISTO:

            Lo resuelto por la Dirección de Rentas ante la solicitud presentada por el Sr. Hugo Solís mediante Expte.Nº 1361/06, Caratulado: “ Solís, Hugo Luis s/descuento por Ordenanza como jubilado”, y

 

CONSIDERANDO:

                               Que inicialmente la  solicitud fue efectuada el día 15 de enero de 1999, presentada ante la Secretaría de Economía y Hacienda, la que concedió la exención a partir del año 2000. Posteriormente al realizarse la renovación del beneficio en el año 2004, el mismo fue rechazado por este organismo.

                               Que según el Art.4º de la Ordenanza Nº 8792/89, modificada por la Ordenanza Nº 10619/2003, es un requisito esencial que el beneficiado con este descuento, posea vivienda única o carezca de esta.

                               Que el solicitante, cumplimenta con todos y cada uno de los requisitos establecidos en la citada Ordenanza para el acogimiento al beneficio, el cual venía percibiendo desde el año 2000 hasta el año corriente.

                               Que debido a un reempadronamiento efectuado en el año 2004, se le adjudica un inmueble que tiempo atrás perteneció a su cónyuge, la  Sra. Alba Luz Rey.

                               Que de acuerdo al informe remitido por la Dirección de Catastro, la transferencia de esta propiedad no ha sido inscripta en la municipalidad, motivo en que se funda la negativa al descuento como jubilado.

                               Que el mismo, ya no es de su propiedad desde hace más de cinco años, como consta en el boleto de compraventa que se adjunta.

                               Que el Sr. Solís ejecutó todos los trámites pertinentes como consta en el Expte. de marras Nº 1361/06.

                               Que por lo tanto en un primer análisis, aislado de los elementos con capacidad de cambiar las variables que sustentan el Art.4º de la Ordenanza Nº 8792/89,  la petición resultaría improcedente.

                               Pero que en particular, resulta necesario anexar a los datos que impiden al mismo resultar beneficiado, otros elementos que permitan una determinación más equitativa con la petición del Sr. Hugo Solís.

                               Que se suma a esta irrefutable consideración el que por el contrario, el impedimento de acogerse a este beneficio significaría la imposibilidad del peticionante de cumplir regularmente con el pago de las tasas

 

ORDENANZA Nº 10929/2006.-

 

 

 municipales, como lo hacía hasta la fecha, debido a que percibe una jubilación aproximada de pesos trescientos ($ 300.-).

                               Que también resulta importante considerar que oportunamente el Sr. Solis ha recurrido al comprador del cuestionado inmueble a los efectos de llevar a cabo la escritura correspondiente, sin resultado alguno.

                               Que como consta en la documentación presentada, la escribana María de Zan de esta jurisdicción presenta una nota a este municipio confirmando la venta del inmueble a favor de Ricardo Manuel Roa.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.-EXCEPTÚESE del requisito de vivienda única establecido en el Art.4º de la Ordenanza Nº 8792/89,  a la petición de descuento a jubilados efectuada por el Sr. Hugo Solís.

ART.2º.- REMITIR copia de la presente a la Dirección de Rentas, Contador Martín Rojas, para que disponga se efectúe el descuento pertinente que solicitara el Sr.Hugo Solís.

ART.3º.- COMUNÍQUESE, ETC...

 

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José  de Gualeguaychú, 21 de septiembre de 2006.

Héctor de la Fuente, Presidente –Gerardo Sánchez, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico. 

ORDENANZAS

Accesibilidad UrbanaAmbienteAportes PatronalesCeremonialCódigo TributarioComercioConcesionesConstruccionConvocatorias Concursos municipioDonacionesExcepciónHigieneMedio AmbienteMujer integracion socialMultasObras PrivadasObras PúblicasOtroPago a ProveedoresPasantiasPatrimonio CulturalPresupuestoPromocion SocialResiduosSaludServicios a la comunidadTránsitoTurismoViviendas IAPV PROCREAR SIMIL