Ordenanzas - Creación Comité de Adjudicación restauración Teatro


ORDENANZA N°11450/2010.-

Expte.Nº 4009/2010-H.C.D.

 

VISTO:

            El proceso de restauración y puesta en valor que esta Administración viene desarrollando en el Teatro Gualeguaychú; y

 

CONSIDERANDO:

                                       Que las obras que comprenden la segunda etapa se encuentran en un importante grado de avance, estando próximas a concluir.

                                       Que en ese sentido, la firma adjudicataria de la obra – SMC SA - ha informado que finalizará las trabajos encomendados durante el mes de julio del corriente.

                                        Que no obstante ello, la puesta en funcionamiento de la Sala de nuestro Teatro Gualeguaychú requiere la ejecución de determinados trabajos complementarios que no se encuentran previstos en esta etapa del proceso que está por finalizar.

                                       Que los trabajos pendientes, conforme señala la Secretaría de Planeamiento Urbano en los Anexos 1 y 2, consisten especialmente en la restauración del cielo raso de la Sala, y la conclusión (reconstrucción de los tanques de reserva) del sistema de provisión de agua potable en los sanitarios y del sistema contra incendios.

                                       Que en cuanto a los recursos necesarios para ejecutar la obra, el Gobernador de la Provincia, Don Sergio D. URRIBARRI, ha realizado un importante aporte económico de TRESCIENTOS MIL PESOS ($ 300.000) para la consecución de dichos trabajos, que prima facie, alcanzarían para cubrir los costos de su ejecución.

                                       Que en este sentido es vocación de esta Administración realizar de forma inmediata las obras pendientes, a fin de habilitar con todas las medidas de seguridad y el confort necesario el Teatro.

                                       Que la celeridad con que se  pretende llevar a cabo los últimos trabajos necesarios para su puesta en marcha de la sala radica especialmente en el interés general y a la gran expectativa que despierta la reapertura del Teatro Gualeguaychú en nuestra comunidad.

                                       Que sobre dichos fundamentos, se estima conveniente crear un  mecanismo especial de compra tanto de los materiales como de los servicios necesarios a los efectos de llevar a cabo los trabajos pendientes, a fin de darle mayor celeridad a la realización de los mismos.

                                       Que no obstante la rapidez que se pretende al momento de ejecutar el gasto y realizar las obras, es vocación de esta Administración garantizar la transparencia y la eficiencia – en términos de calidad y cantidad - de las compras que se efectúen, sin soslayar de manera alguna los mecanismos de control para la ejecución del gasto.

        ORDENANZA Nº 11450/2010.-

 

 

                                  Que para ello, y con el fin de cumplir con los objetivos indicados, se estima conveniente la creación de una Comisión o Comité de Adjudicación que tendrá a su cargo el procedimiento de selección del co-contratante para la adjudicación en forma directa de las obras a realizar en el teatro.

                                       Que a fin de ejecutar su tarea, la Comisión o Comité de Adjudicación estará compuesto por ocho (8) miembros, cuatro designados por el Departamento Ejecutivo Municipal, y cuatro por el Honorable Concejo Deliberante. En representación del Departamento Ejecutivo integrará el Comité de Adquisiciones el Secretario de Economía y Hacienda, la Secretaria de Planeamiento Urbano, el Inspector de Obras de la 2da Etapa Arquitecto Gustavo PIROVANI y el Ingeniero Enrique MARTINELLI ambos profesionales dependientes de la Secretaría de Planeamiento Urbano y encargados de conducir los trabajos que se vienen desarrollando en el Teatro Gualeguaychú. Los cuatro representantes del Honorable Concejo Deliberante, lo serán en representación de cada uno de los Bloques partidarios que lo componen.

                                       Que asimismo, la Comisión o Comité deberá efectuar la selección de las empresas y/o contratistas, previo cotejo de presupuestos de obra, que realizará mediante la solicitud de al menos dos presupuestos en sobre cerrado por cada adjudicación. La elección del adjudicatario será decidida por mayoría simple, debiendo en cada caso justificar la decisión en razones de orden técnico y económico.

                                       Que efectuado el trámite indicado precedentemente, el Comité deberá remitir el cómputo y presupuesto de obra a ejecutar al Departamento Ejecutivo conjuntamente con un informe y la documentación respaldatoria, a fin de que se gestione el Registro de Compromiso del Gasto y se emita el correspondiente Decreto autorizando la ejecución de obra.

                                       Que asimismo, esta administración considera conveniente, a fin de garantizar la plena vigencia de los mecanismos de control, que el Comité de Adjudicaciones rinda cuenta detallada y documentada respecto a todas y cada una de las operaciones realizadas, elevando al Honorable Concejo Deliberante un informe una vez concluida su intervención.

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

                 

ORDENANZA:

ART.1º.- CRÉASE una Comisión o Comité de Adjudicación que tendrá a su cargo el procedimiento de selección del co-contratante para la

ORDENANZA Nº 11450/2010

 

adjudicación en forma directa de las obras que se describen en los Anexos 1 y 2, hasta la suma de TRESCIENTOS MIL PESOS ($ 300.000.-).

ART.2º.- EL Comité de Adjudicaciones estará compuesto por ocho (8) miembros, cuatro designados por el Departamento Ejecutivo Municipal, y cuatro por el Honorable Concejo Deliberante. En representación del Departamento Ejecutivo integrará el Comité de Adquisiciones el Secretario de Economía y Hacienda, la Secretaria de Planeamiento Urbano, el Inspector de Obras de la 2da. Etapa Arquitecto Gustavo PIROVANI y el Ingeniero Enrique MARTINELLI, ambos profesionales dependientes de la Secretaría de Planeamiento Urbano y encargados de conducir los trabajos que se vienen desarrollando en el Teatro Gualeguaychú. Los cuatro representantes del Honorable Concejo Deliberante, lo serán en representación de cada uno de los Bloques partidarios que lo componen.

ART.3º.-EL Comité de Adjudicación efectuará la selección de las empresas y/o contratistas, previo cotejo de presupuestos de obra, que realizará mediante la solicitud de al menos dos presupuestos en sobre cerrado por cada adjudicación. La elección del adjudicatario será decidida por mayoría simple, debiendo en cada caso justificar la decisión en razones de orden técnico y económico. Finalizado el trámite, el Comité deberá remitir el cómputo y presupuesto de obra a ejecutar al Departamento Ejecutivo conjuntamente con un informe y la documentación respaldatoria, a fin de que se gestione el Registro de Compromiso de Gastos y se emita el correspondiente Decreto autorizando la ejecución de obra.

ART.4º.-EL Comité de Adjudicaciones rendirá cuenta detallada y documentada respecto a todas y cada una de las operaciones realizadas, elevándose al Honorable Concejo Deliberante para su consideración una vez concluida su intervención.

ART.5º.-FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar la presente Ordenanza, sin que implique alteración de su espíritu, con el propósito de adoptar en la práctica todas las medidas que fueren menester para efectivizar los propósitos que la inspiran.

ART.6º.- COMUNIQUESE, ETC…

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 23 de julio de 2010.

Liliana M. Ríos, Presidenta – Mariano Rodríguez, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico

 

ORDENANZAS

Accesibilidad UrbanaAmbienteAportes PatronalesCeremonialCódigo TributarioComercioConcesionesConstruccionConvocatorias Concursos municipioDonacionesExcepciónHigieneMedio AmbienteMujer integracion socialMultasObras PrivadasObras PúblicasOtroPago a ProveedoresPasantiasPatrimonio CulturalPresupuestoPromocion SocialResiduosSaludServicios a la comunidadTránsitoTurismoViviendas IAPV PROCREAR SIMIL