ORDENANZA Nº 10849/2005.-
EXPTE.Nº 2355/2005-H.C.D.
VISTO:
El Expte.Nº 2355/2005, Caratulado: “ Nota remitida por el D.E. s/prórroga vigencia Ordenanza Nº 10764/2005, y
CONSIDERANDO:
Que el requerimiento formulado por el Departamento Ejecutivo, obrante a Fs.1 del Expte. antes mencionado, consiste en la solicitud de prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 10764/2005, la cual dispone la suspensión temporaria de la aplicación de la Ordenanza Nº 10761/2004, regulatoria de las actividades de los Empleados y Obreros Municipales.
Que la prórroga interesada por el Departamento Ejecutivo Municipal, obedece a la demora registrada en el trabajo de calificaciones del personal municipal, de acuerdo a las negociaciones llevadas a cabo por la Mesa Paritaria Municipal – Coordinada por el Diálogo Gualeguaychuense, tarea esta que ha demorado un tiempo mayor al previsto oportunamente.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- PRORROGASE hasta el 30 de abril de 2006, la vigencia de la Ordenanza Nº 10764/2005.
ART.2º.- COMUNÍQUESE, ETC...
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 28 de diciembre de 2005.
Héctor de la Fuente, Presidente – Víctor Ingold, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.