ORDENANZA Nº 11228/2009.-
EXPTE.Nº 3479/2009-H.C.D.
VISTO
Las medidas adoptadas por el personal municipal en el marco de acuerdo salariales, tales como asambleas, paro y cese de actividades; y
CONSIDERANDO
QUE este conflicto ha comenzado a tener características complejas, y tiende a extenderse en el tiempo.
QUE es necesario avanzar en instancias de diálogo que favorezcan la prestación de servicios públicos esenciales en pos de la vida, la salud y la seguridad de todos los ciudadanos, de acuerdo a lo planteado en el Art. 24º de la Ley Nacional 25877.
QUE es voluntad de este Cuerpo Deliberativo, buscar canales de comunicación, aportando ideas y opiniones, que promuevan una nueva normativa y acciones concretas de acercamiento entre las partes.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART. 1º.- CONVOQUESE en el término de 24 horas, por un lapso de 5 días, a una Mesa de Diálogo y Consenso integrada por los representantes de los trabajadores municipales, el Concejo Deliberante y Representantes del Departamento Ejecutivo que el Presidente Municipal designe al efecto..
ART. 2º.- Dicha Mesa de Diálogo y Consenso se reunirá en el ámbito del Concejo Deliberante a los efectos de establecer un nuevo marco normativo en el cual se tome como base el art. 3ro. de la Ord. 10941/06 que bajo ninguna circunstancia podrá prescindirse de los servicios enunciados en dicho artículo, a fin de garantizar el funcionamiento de los servicios públicos esenciales cuando los trabajadores municipales realicen asambleas, paro y cese de actividades.
ART. 3º.-COMUNIQUESE, ETC….
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 30 de marzo de 2009.
Liliana M. Ríos, Presidente – Lisandro Gamarra, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.