Ordenanzas - Patentamiento de bicicletas


ORDENANZA Nº 10438/2000.

EXPTE.Nº 188/2000-H.C.D.

VISTO:

La nota remitida por el Sr. Director de Tránsito Municipal, peticionando la modificación del Art.6º de la Ordenanza Nº 9989/93, a los fines de permitir cubrir los costos derivados de la implementación del sistema de patentamiento de bicicletas y similares.

 

CONSIDERANDO:

Que efectivamente dicha suma es francamente exigua si se compara con los beneficios que puede acarrear al legítimo titular de un rodado del tipo en cuestión, atento la implementación del sistema tiende entre otras razones, a tratar de disminuir el índice de sustracciones de bicicletas.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.-MODIFICASE el Art.6º de la Ordenanza Nº 9989/93, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Art.6º: OTORGASE un plazo de 90 días a partir de la promulgación de la presente, a fin de que los particulares interesados procedan a solicitar la inscripción correspondiente. A los fines del precedente párrafo, establécese como valor único y total el costo del patentamiento del biciclo y entrega de placa identificatoria, en la suma de PESOS DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 2,50.-). Quedan los titulares de dichos rodados expresamente exentos del pago de cualquier tributo derivado de la titularidad o tenencia del mismo.”.

ART.2º.- COMUNÍQUESE, ETC....

 

SALA DE SESIONES.

SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU, 26 DE MAYO DE 2000.

SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE - VÍCTOR INGOLD, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE,CERTIFICO.

 

 

 

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