Ordenanzas - Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 1997


 

                                   ORDENANZA NRO.10262/97.

                                 EXPTE.NRO.10454/97-H.C.D.

 

 

 

VISTO:

     El Expediente Nro. 10454/97, Caratulado:" Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 1997", y

 

CONSIDERANDO:

          Que la Ley 3001 en su artículo 113 Inc.7, establece la obligatoriedad de elevar al Honorable Concejo Deliberante, anualmente, el proyecto de Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos, a efectos que el Cuerpo de` tratamiento y aprobación a la Ordenanza de Presupuesto del ejercicio a comenzar, para la percepción de los recursos y la aplicacio`n de los mismos a los gastos necesarios, dando cumplimiento a las funciones y políticas del Estado Municipal, y

                 Que el presente proyecto está constituído por el Cálculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos, y asciende a la suma de PESOS VEINTICUATRO MILLONES CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL SESENTA ($ 24.199.060), importe que desagregado en sus distintos conceptos, puede apreciarse en los cuadros anexos que se adjuntan al presente.

                  Que del total del Presupuesto, se proyecta gastar un 30,28 % en Personal, un 19,46 % en Bienes de Consumo y Servicios, un 6,78 en Transferencias, el 0,56 % en intereses y Gastos de la Deuda consolidada, un 5,31 % en Bienes de Capital, un 34,62 % en Trabajos Públicos y el 3,00 % en Amortización de la Deuda.

                   Que el significativo incremento de la Partida de Bienes de Capital se debe a la inclusión en el presente presupuesto de la adquisición de una planta asfáltica, como asimismo las maquinarias necesarias para la realización de pavimentos asfálticos (terminadora asfáltica, vibrocompactadora, rodillo neumático, rodillo liso, carretón), lo cual hará más accesible a los vecinos, la pavimentación o repavimentación de arterias que permiten el mejoramiento vial del municipio. Asimismo se prevé la adquisición de una retroexcavadora marca "Catterpillar" modelo 315 - L, para la realización de trabajos en la

 

 

Laguna Sanitaria, de una máquina minicargadora frontal con herramientas y un camión con caja volcadora trilateral para distintos tipos de trabajos públicos y prestación de servicios a distintas áreas del municipio.

                     Que por otra parte, en el presente proyecto se incorporan partidas que no se preveían en años anteriores como lo es intereses y Gastos de la Deuda y Amortización de la Deuda. Esto se debe a la adquisición de bienes de capital en cuotas, mediante la consolidación de las mismas por pagarés, como asimismo la amortización de los intereses del préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo para la obra de pavimentación del "EX CORREDOR FERROVIARIO", como asimismo la iniciación de la obra de Desagues Pluviales Cuenca Sur -  Zona Centro (Avenida Aristóbulo Del Valle).

                     Finalmente cabe resaltar que del total de presupuesto, el 34,62 % se destina a la inversión en trabajos públicos, que sumado al 5,31 % de bienes de capital, hacen ascender la inversión real en un total del 39,93 % , porcentaje más que conveniente en relación con el total del costo operativo del municipio, máxime si tenemos en cuenta que no se ha disminuido la inversión en atención del gasto social, sino que se le ha incrementado levemente respecto del año próximo pasado.

                  Que del ciento por ciento de los recursos del Presupuesto, el 70,86% corresponde a Ingresos Corrientes, el 0,02% corresponde a los ingresos de Capital, y el 29,11 % corresponde a ingresos por financiamiento del BID y de proveedores.

                   Que resulta importante destacar que del total del Cálculo de Recursos proyectados, el 44,92 % corresponde a Ingresos de Jurisdicción Municipal, y el 25,94 % a Ingresos de otras jurisdicciones, vale decir, la participación de los primeros, resulta importante si tenemos en cuenta que en algunas tasas se ha visto resentida la recaudación dado la disminución del producto bruto local, impacto que incide en mayor proporción en la Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad.

                      Que los Ingresos de Capital, resultan poco significativos y en su totalidad corresponden a la venta de tierra, tumbas artísticas y eventualmente a algún

 

panteón que se rescatase para el dominio municipal por la falta de pago de tributos de sus propietarios.

                     Que el capítulo de Financiamiento está constituído por Aportes no Reintegrables que representan el 19,82 % del Presupuesto total y los recursos provenientes del Uso del Crédito representan un 9,30 % del total.

                     Que resulta importante resaltar que en Uso del Crédito se ha incorporado recursos provenientes del cre`dito de proveedores que corresponden al pago financiado de la compra del Equipamiento antes mencionado,y el uso del cre`dito del Banco Interamericano de Desarrollo para la obra de la Avenida Parque Ex Corredor Ferroviario.

 

POR ELLO:

 

   EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

                               ORDENANZA

 

ART.1.-FIJASE el total de erogaciones del Presupuesto General de ésta Municipalidad para el año 1997, en la suma de PESOS VEINTICUATRO MILLONES CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL SESENTA  ( $ 24.199.060.-).

ART.2.-FIJASE la Partida de Personal en la suma de PESOS SIETE MILLONES TRESCIENTOS VEINTISEIS MIL QUINIENTOS DIEZ ($ 7.326.510.-).

ART.3.-FIJASE para la Partida Bienes de Consumo, la suma de PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTE ($ 594.920.-).

ART.4.-FIJASE para la Partida Servicios no Personales, la suma de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO CATORCE MIL QUINIENTOS OCHENTA ($ 4.114.580.-).

ART.5.-FIJASE para la Partida Transferencias la suma de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTE ($ 1.639.720.-).

ART.6.-FIJASE para la Partida de Intereses y Gastos de la Deuda, la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA ($ 135.490.-)

ART.7.-FIJASE para la Partida Trabajos Públicos, la suma de PESOS OCHO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA ($ 8.376.580.-)

 

ART.8.-FIJASE la Partida de Bienes de Capital en la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DIEZ ($ 1.284.410.-)

ART.9.-FIJASE la Partida de Amortización de la Deuda, en la suma de PESOS SETECIENTOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 726.850.-).

ART.10.-FIJASE la Partida Recursos de Jurisdicción Municipal del Cálculo de Recursos, en la suma de PESOS DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA ($ 10.869.490.-)

ART.11.-FIJASE la Partida Recursos de Otras Jurisdicciones del Cálculo de Recursos, en la suma de PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS ($ 6.278.200.-).

ART.12.-FIJASE la Partida Recursos por Ingresos de Capital del Cálculo de Recursos, en la suma de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA ($ 5.580,00.-)

ART.13.-FIJASE la Partida Aportes no Reintegrables del Cálculo de Recursos, en la suma de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA ($ 4.795.630.-)

ART.14.-FIJASE la Partida Uso del Crédito del Cálculo de Recursos, en la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO SESENTA ($ 2.250.160.-)

ART.15.-FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar los totales de sus erogaciones, plantas de cargos, fijados en sus respectivos ámbitos, según los detalles de las planillas anexas, mediante transferencias compensatorias de cre`ditos y cargos que aseguren en todo momento el equilibrio preventivo que se proyecta en el balance presupuestario que surge de las planillas adjuntas que forman parte de la presente.

ART.16.-LAS modificaciones que se dispongan de acuerdo a lo expresado en el arti`culo anterior, deberán tender a mantener los totales de acuerdo a la participación relativa que integran las distintas finalidades del gasto en las planillas anexas.

ART.17.-TODAS las modificaciones de las Partidas Presupuestarias que se dispongan en uso de las facultades otorgadas por el Art.15 de la presente, deberán tener la intervención previa de la Secretaría de Economía y Hacienda, realizándose de acuerdo a procedimientos y técnicas administrativo-contables que aseguren el manejo ordenado de la Administración Presupuestaria del Gobierno Municipal, y la Contabilidad Central, y deberán ser comunicadas al Honorable Concejo Deliberante dentro de los diez (10) días, y/o previamente aprobadas por éste Cuerpo de acuerdo a lo establecido en el Art.124 de la Ley 3001, modificada por Ley 5393.

ART.18.-EL Departamento Ejecutivo Municipal, debera` proceder a desagregar internamente las partidas de erogaciones y cargos que se establecen en las planillas adjuntas.

art.19.-FIJASE el cargo total del personal municipal en 694 agentes, discriminados de la siguiente forma:554 comprendidos en planta permanente, y 140 en planta no permanente.

ART.20.-COMUNIQUESE,ETC...

 

 

 

 

 

 

SALA DE SESIONES,SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU,1RO.DE AGOSTO DE 1997

JOSE INGOLD, PRESIDENTE - GUILLERMO MARTINEZ, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

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