ORDENANZA Nº10886/2006.-
EXPTE.Nº 2445/2006-H.C.D.-
VISTO:
Que la Ley 3001 en su artículo 113 Inciso 7º, establece la obligatoriedad de elevar al Honorable Concejo Deliberante, anualmente, el Proyecto de Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos, a efectos del tratamiento y posterior sanción de la Ordenanza de Presupuesto para que la Administración Municipal pueda ejecutar la percepción de los recursos y la aplicación de los mismos a los gastos que sean necesarios para el cumplimiento de las distintas políticas y programas.
CONSIDERANDO:
Que la Ley prevé un plazo para la elevación del Proyecto de Presupuesto, el cual no se ha cumplido, debido a que fue necesario analizar detenidamente la situación de las diferentes áreas del municipio, en función de las prioridades establecidas por el Departamento Ejecutivo para el año 2006.
Que el proyecto final consta del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos, el que asciende a la suma de Pesos Cincuenta y Tres Millones Ciento Cincuenta y Nueve Mil Trescientos Treinta y Ocho
($ 53.159.338,00.-) importe que desagregado en sus distintos conceptos, se puede apreciar en los cuadros que se adjuntan a la presente.
Que del total del Presupuesto se proyecta gastar un 40,62 % en Personal, un 11,97 % en Bienes de Consumo, un 10,22 % en Servicios no Personales, un 23,94 % en Transferencias, el 0,56 % en Intereses y Gastos de la Deuda, un 7,67 % en Bienes de Capital, el 1,26 % en Amortización de la Deuda.
Que el total de la inversión real – Bienes de Capital más Trabajos Públicos – en el presente asciende al 37,40 % del presupuesto anual.
Que del cien por ciento de los recursos, el 94,29 % corresponde a Ingresos Corrientes, el 5,64 a financiación y el 0,07 % corresponde a los Ingresos de Capital.
Que resulta importante destacar que del total de los ingresos previstos, el 42.90 % corresponden a Ingresos de Jurisdicción Municipal, y el resto a Ingresos de Otras Jurisdicciones e Ingresos de Capital, vale decir, la participación de los primeros, resulta de suma importancia.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº10886/2006.-
ORDENANZA
ART.1º.- FIJASE el total de erogaciones del Presupuesto General de esta Municipalidad para el año 2006, en la suma de PESOS CINCUENTA Y TRES MILLONES CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO ($ 53.159.338,00.-).
ART.2º.- FIJASE la partida de Personal en la suma de PESOS VEINTIUN MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES ($ 21.595.953,00.-).
ART.3º.- FIJASE para la Partida Bienes de Consumo, la suma de PESOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTE ( $ 6.365.220.00.-).
ART.4º.- FIJASE para la Partida Servicios no Personales, la suma de PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS ($ 5.431.600,00.-).
ART.5º.- FIJASE para la Partida Transferencias, la suma de PESOS DOCE MILLONES SETECIENTOS VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS
($ 12.724.400,00.-).
ART.6º.- FIJASE para la Partida de Intereses y Gastos de la Deuda, la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000,00.-).
ART.7º.- FIJASE para la Partida Deuda Flotante, la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO ( $ 1.996.318,00.-).
ART.8º.-FIJASE la Partida de Bienes de Capital en la suma de PESOS CUATRO MILLONES SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE ($ 4.075.847,00.-).
ART.9º.- FIJASE la Partida de Amortización de la Deuda en la suma de PESOS SEISCIENTOS SETENTA MIL ($ 670.000,00.-).
ART.10º.-DETERMINASE que de la Partida de Transferencias para financiar erogaciones corrientes establecida en el Art.5º de la presente, se asigna para transferir a la Corporación del Desarrollo de Gualeguaychú la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL ($ 144.000,00.-).
ART.11º.-FIJASE la Partida de Recursos de Jurisdicción Municipal del Cálculo de Recursos, para el ejercicio fiscal año 2006, en la suma de PESOS VEINTIDOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO (22.805.665,00.-).
ORDENANZA Nº 10886/2006.-
ART.12º.- FIJASE la Partida Recursos de Otras Jurisdicciones del Cálculo de Recursos año 2006, en la suma de PESOS VEINTISIETE MILLONES TRESCIENTOS DIECISEIS MIL SETENCIENTOS VEINTICUATRO
($ 27.316.724,00.-).
ART.13º.- FIJASE la Partida Recursos por Ingresos de Capital del Cálculo de Recursos año 2006 en la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE ($ 36.949,00.-).
ART.14º.- FIJASE la Partida Uso del Crédito del Cálculo de Recursos año 2006 en la suma de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000,00.-).
ART.15º.- FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar los totales de sus erogaciones, plantas de cargos, fijados en sus respectivos ámbitos, según los detalles de las planillas anexas, mediante transferencias compensatorias de créditos y cargos que aseguren en todo momento el equilibrio preventivo que se proyecta en el balance presupuestario que surge de las planillas adjuntas que forman parte de la presente.
ART.16º.- LAS modificaciones que se dispongan de acuerdo a lo expresado en el artículo anterior, deberán tender a mantener el equilibrio presupuestario, pudiendo en caso justificados, modificar la participación relativa que integran las distintas finalidades del gasto en las planillas anexas.
ART.17º.- TODAS las modificaciones de las Partidas Presupuestarias que se dispongan en uso de las facultades otorgadas por el Art.15º de la presente, deberán tener la intervención previa de la Secretaría de Economía y Hacienda, realizándose de acuerdo a procedimientos y técnicas administrativo – contable que aseguren el manejo ordenado de la Administración Presupuestaria del Gobierno Municipal, y la Contabilidad Central, y deberán ser comunicadas al Honorable Concejo Deliberante dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al acto administrativo.
ART.18º.- FIJASE el cargo total de Personal Municipal en 970 agentes, discriminados de la siguiente forma: 600 Agentes en Planta Permanente y 260 en Planta Contratada, Cargos Políticos: 52, Guardias y reemplazo: 34 y pasantes: 24.
ART.19º.- EL Departamento Ejecutivo Municipal, deberá proceder a desagregar internamente las partidas de erogaciones y cargos que se establecen en las planillas adjuntas.
ART.20º.- COMUNÍQUESE, ETC...
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 4 de mayo de 2006.
Héctor de la Fuente,Presidente – Gerardo Sánchez, Secretario.
ORDENANZA Nº10978/2007.-
EXPTE.Nº 2756/2007-H.C.D.
VISTO:
La necesidad de reformular las partidas presupuestarias autorizadas por Ordenanza Nº 10886/2006 a fin de posibilitar la continuidad de la prestación de servicios municipales, y
CONSIDERANDO:
Que se ha producido una mayor recaudación durante el ejercicio de tasas municipales, producto del establecimiento de un régimen especial de regularización de deudas, por lo que corresponde realizar un ajuste al Cálculo de Recursos presupuestado.
Que durante el ejercicio fiscal se ha producido un acuerdo de recomposición salarial, cuyo cumplimiento demandará una partida presupuestaria superior a la previsión estimada al momento de realizar la formulación del presupuesto año 2006, motivo por el cual resulta imprescindible realizar un ajuste de dicha partida de forma tal, que permita abonar la totalidad de los haberes del corriente año.
Que para el presente ejercicio se previó el pago de los trabajos de las Cooperativas de Trabajo, imputándose los mismos a Transferencias Corrientes, mientras que se ejecutaron por la partida de Servicios no Personales, lo que deviene en un exceso de crédito presupuestario para la primera partida y una falta de crédito para la segunda partida, motivo por el cual corresponde realizar un ajuste de dichas partidas.
Que asimismo y debido a la variación de precios producida como consecuencia del proceso inflacionario que se dio durante el corriente año, se han tenido que soportar mayores costos para la producción de los bienes y servicios públicos.
Que por razones de índole económica, no se va a concretar en el presente ejercicio, el equipamiento de maquinarias previsto en el presupuesto aprobado, por lo que no se va a realizar la toma de financiamiento por medio de un fideicomiso financiero, de donde deviene que corresponde derogar la autorización de uso del crédito prevista en el Art.14º de la Ordenanza Nº 10886/06.
Que por todas estas razones, resulta necesario modificar los créditos presupuestarios autorizados por Ordenanza Nº 10886/2006, a fin de no interrumpir la normal prestación de los servicios públicos municipales, manteniendo en todo momento el equilibrio preventivo presupuestado.
ORDENANZA Nº10978/2007.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- MODIFICASE el Art.1º de la Ordenanza Nº 10886/06 el que quedará redactado de la siguiente manera: Fíjase el total de erogaciones del Presupuesto General de esta Municipalidad para el año 2006, en la suma de Pesos Cincuenta Millones Trescientos Veintinueve Mil Doce ($ 50.329.012,00.-)
ART.2º.- MODIFICASE el Art.2º de la Ordenanza Nº 10886/06 el que quedará redactado de la siguiente manera: Fíjase la partida de Personal en la suma de Pesos Veintidós Millones Once Mil Noventa y Dos ($ 22.011.092,00.-)
ART.3º.- MODIFICASE el Art.3º de la Ordenanza Nº 10886/06 el que quedará redactado de la siguiente manera: Fíjase la Partida Bienes de Consumo, en la suma de Pesos Tres Millones Novecientos Sesenta y Ocho Mil Trescientos Veintiocho ($ 3.968.328,00.-)
ART.4º.- MODIFICASE el Art.4º de la Ordenanza Nº 10886/06 el que quedará redactado de la siguiente manera: Fíjase la Partida Servicios no Personales, en la suma de Pesos Cinco Millones Cuatrocientos Cuarenta y Nueve Mil Ochocientos Quince ($ 5.449.815,00.-)
ART.5º.- MODIFICASE el Art.5º de la Ordenanza Nº 10886/06, el que quedará redactado de la siguiente manera: Fíjase la Partida Transferencias, en la suma de Pesos Cuatro Millones Ciento Ochenta y Dos Mil Cien
($ 4.182.100,00.-)
ART.6º.- MODIFICASE elArt.6º de la Ordenanza Nº 10886/06 el que quedará redactado de la siguiente manera: Fíjase la Partida Intereses y Gastos de la Deuda, en la suma de Pesos Ciento Cuarenta y Cinco Mil ($ 145.000,00.-)
ART.7º.- MODIFICASE el artículo 8º de la Ordenanza Nº 10886/06 el que quedará redactado de la siguiente manera: Fíjase la Partida Bienes de Capital en la suma de Pesos Un Millón Trescientos Trece Mil Quinientos Noventa y Siete
($ 1.313.597,00.-)
ART.8º.- MODIFICASE el Art.9º de la Ordenanza Nº 10886/06 el que quedará redactado de la siguiente manera: Fíjase la Partida Amortización de la Deuda, en la suma de Pesos Dos Millones Setecientos Sesenta y Seis Mil Trescientos Diecinueve ($ 2.766.319,00.-)
ORDENANZA Nº10978/2007.-
ART.9º.- INCORPORASE como Art.9º Bis de la Ordenanza Nº 10886/06 el siguiente: Fíjase la Partida Trabajos Públicos, en la suma de Pesos Diez Millones Cuatrocientos Noventa y Dos Mil Setecientos Sesenta y Uno ($ 10.492.761,00.-)
ART.10º.- MODIFICASE el Art.11º de la Ordenanza Nº 10886/06 el que quedará redactado de la siguiente manera: Fíjase la Partida Recursos de Jurisdicción Municipal del Cálculo de Recursos para el ejercicio fiscal año 2006, en la suma de Pesos Veinticinco Millones ($ 25.000.000,00.-)
ART.11º.- MODIFICASE el Art.12º de la Ordenanza Nº 10886/06 el que quedará redactado de la siguiente manera: Fíjase la Partida Recursos de Otras Jurisdicciones del Cálculo de Recursos para el ejercicio fiscal año 2006, en la suma de Pesos Veinticinco Millones Doscientos Ochenta y Nueve Mil Doce
($ 25.289.012,00.-)
ART.12º.- MODIFICASE el Art.13º de la Ordenanza Nº 10886/06 el que quedará redactado de la siguiente manera: Fíjase la Partida Recursos por Ingresos de Capital del Cálculo de Recursos para el ejercicio fiscal año 2006, en la suma de Pesos Cuarenta Mil ($ 40.000,00.-)
ART.13º.-DEROGASE el Art.14º de la Ordenanza Nº 10886/06, que autorizaba el uso del crédito para la adquisición de equipamiento vial.
ART.14º.- COMUNÍQUESE, ETC....
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 9 de marzo de 2007.
Héctor de la Fuente, Presidente – Gerardo Sánchez, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.