ORDENANZA Nº 11557/2011.-
EXPTE.Nº 4244/2011-H.C.D
VISTO:
La nota presentada por la Srta. Jacqueline Alejandra Cardozo s/licencia para conducir, y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la citada solicitud, la requirente interesa de este Cuerpo, el otorgamiento por vía de excepción de licencia para conducir “categoría profesional”.
Cabe destacar que la presente requisitoria se fundamenta en el hecho de que la Srta. Jacqueline Cardozo, es personal estable del Regimiento de Caballería Tanques 12 de nuestra ciudad.
Que esta petición es de imperiosa necesidad para la demandante ya que la misma es una de las encargadas de conducir vehículos pesados de transporte de pasajeros, como asimismo de carga y/o ambulancia.
Que si bien la Srta. Cardozo cuenta con la edad necesaria y exigible para la obtención de la mentada licencia, carece de la antigüedad imprescindible para el cambio de categoría.
Que el presente trámite cuenta con el aval del Superior de la solicitante, el Sr. Jefe del Regimiento de Caballería de Tanques 12, Teniente Coronel Errasti.
Que de acuerdo a lo expuesto anteriormente, y en vista a los objetivos perseguidos a través de las presentes actuaciones, este Cuerpo Legislativo considera justo y razonable hacer una excepción a la aplicación del Art.20º de la Ley Nacional Nº 24.449, a la cual nuestro municipio adhirió por medio de la Ordenanza Nº 10237/96.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1.- EXCEPCIONESE de los requisitos exigidos en el Art.20º de la Ley Nacional Nº 24.449, a la cual adhiere el Municipio mediante la Ordenanza Nº 10237/96, a la Srta. Jacqueline Alejandra Cardozo, D.N.I. Nº 34.495.733 por las causas y circunstancias expuestas en los considerandos de la presente.
ORDENANZA Nº 11557/2011.-
ART.2º.- OTORGASE por intermedio de la Dirección Municipal de Tránsito, la licencia de conducir Categoría Profesional, a la persona mencionada en el Art.1º de las presentes actuaciones, previo cumplimiento de los exámenes de rigor.
ART.3º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 17 de marzo de 2011.
Liliana M. Ríos, Presidenta – Mariano Rodríguez, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.